Si está pensando en hacer obra en su vivienda y hacer un cerramiento en su balcón o terraza es necesario que previo a esta actuación se solicite información y la conformidad correspondiente al Ayuntamiento.
Una vez tengamos la conformidad del Ayuntamiento, nos digan que esta obra es viable y sepamos el coste en tasas para la concesión de la licencia, deberemos llevar esta propuesta a la Junta de Propietarios.
En la Junta deberemos indicar que la obra es igual o se parece al resto de las obras ya realizadas (para no romper la estética del edificio), se plantea la propuesta como punto del día. Como es una cuestión de interés para la Comunidad, el Presidente/Secretario Administrador deben de añadirlo en la convocatoria. En esta linea está el artículo 16.2 párrafo 2 que dice: “Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.”
Si obtenemos una mayoría de los propietarios presentes y representados con derecho a voto, debemos esperar 30 días tal y como nos indica el artículo 17.8 de la LPH con objeto de que todos los ausentes se sumen a los votos favorables de la junta.
Si se consigue una pronunciación favorable de los 3/5 del total de los propietarios que supongan los 3/5 de las cuotas de participación ya tendremos una aceptación por parte de la comunidad. Es en ese momento cuando podemos hacer la obra.
Estos son los pasos a seguir para hacerlo todo de forma correcta cualquier otro proceso puede tener riesgo de que se nos obligue a tirar lo construido, aparte de la sanción correspondiente.